LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO EN MURCIA CIUDAD

La reciente Ley murciana 2/2017, de 13 de febrero, introduce una serie de medidas encaminadas a liberalizar la actividad de comercio minorista en todo el ámbito de la Región, entre las que cabe destacar las siguientes:

  • SUPRESIÓN DE LA LICENCIA AUTONÓMICA PARA LAS GRANDES SUPERFICIES Y CENTROS COMERCIALES

Queda suprimida íntegramente la necesidad de obtener una licencia comercial específica por parte de la Comunidad Autónoma (además de los permisos municipales que sean necesarios) para la implantación de grandes superficies o centros comerciales.

La supresión afecta tanto a los establecimientos individuales (tiendas o naves comerciales) como a los colectivos (centros comerciales con una pluralidad de tiendas).

Por lo tanto, a partir de ahora, para construir y aperturar un centro comercial o gran superficie en la Región de Murcia bastará con los permisos del Ayuntamiento.

 

  • SUPRESIÓN GENERALIZADA DE LA LICENCIA DE ACTIVIDAD PARA LA APERTURA DE TIENDAS

Para la apertura de una tienda ya no será necesaria la obtención de Licencia de Actividad o Apertura por parte del Ayuntamiento.

Bastará con que el comerciante presente ante el Ayuntamiento una Declaración Responsable (a la que se acompañará la documentación técnica pertinente): tras esta presentación, el comercio ya puede comenzar a funcionar, con independencia de que tras dicha apertura pueda ser objeto de inspección por parte del Ayuntamiento para comprobar que se cumple con la normativa.

 

  • LIBERTAD DE HORARIOS DE APERTURA Y CIERRE

Los comercios tendrán plena libertad para fijar sus horarios de apertura al público.

 

  • AUMENTO DE LOS DÍAS DE APERTURA

Se incrementa el número de domingos y festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público, conforme a la siguiente previsión anual:

– 2.017:     14 días.

– 2.018:     15 días.

– 2.019:     16 días

 

 

 



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